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Escritos y noticias de Lidia Falcón O'Neill

Archivo: Febrero 2009

28/02/2009 GMT -6

Crítica del elogio del islam

lidiafalcon @ 21:58

elPeriódico.com
25 Ene 2007
Por Lidia Falcón

Maryam y Lidia, dos catalanas convertidas al islam. Foto de MARTA PARREÑOMe desconcierta la información de que en Catalunya varias muchachas se han convertido al islamismo en busca de una supuesta espiritualidad que al parecer no encuentran en la religión católica. Pero la información transmitida únicamente habla de la práctica continuada de unos ritos, cuya frecuencia debe hacer difícil conciliarlos con la vida laboral, y la adopción de una forma de vestir. No nos explican si cumplen otras imposiciones a que obliga la profesión musulmana, como la aceptación de la poligamia y la sumisión de la mujer al marido. Es incomprensible la fascinación que sienten por esa religión, que mantiene costumbres, prohibiciones y opresiones contra la mujer mucho peores que las que defiende la Iglesia católica. Fascinación que parecen sentir también intelectuales y gobernantes, de modo tal que se están destinando fondos para impartir clases de religión musulmana en las escuelas cuando aún no hemos concluido con la enseñanza del catolicismo.

En mi libro Mujer y Sociedad (1969), denuncié la opresión de la mujer musulmana tras haberme estremecido con la lectura del libro de Youssef el Masry La tragedia sexual de la mujer árabe. Descubrí en sus páginas el horror de la cliteridectomía y las consecuencias nefastas que para la salud, la sexualidad y la dignidad femenina acarrea. Creo que fui la primera escritora española que hice pública esa bárbara costumbre. Ha costado tres décadas conseguir que en la Cuarta Conferencia de la Mujer en Pekín de 1995 se condenara esta práctica por la ONU. Conozco las objeciones de los islamistas contra que se atribuya la cliteridectomía --y otras mutilaciones peores como infibulación-- a la religión musulmana, ya que proviene de costumbres ancestrales africanas y no está obligada en el Corán, pero en la actualidad únicamente la practican aquellas sociedades de confesión islámica, es aceptada por muy diversas tendencias del Islam, cuando no recomendada, bajo la indiferencia del Estado. Como en el caso de Egipto donde el Gobierno decidió que se ejecutara en los hospitales por personal facultativo, para evitar las infecciones que proliferan. En estos momentos, 150 millones de mujeres la padecen y cada año se suman varios millones más de niñas mutiladas.

La poligamia, legal en la mayoría de los países musulmanes --con la notable excepción de Túnez, que tiene una Constitución laica--, la prohibición de conducir automóviles, de salir a la calle solas, la imposición para que se cubran la cabeza, incluso a veces el rostro, haciendo visible su condición inferior --que no es otro el sentido del velo--, y sobre todo el horror de las lapidaciones por adulterio, los asesinatos por honor, las desfiguraciones del rostro con ácidos, los encierros y castigos corporales, convierten a las mujeres musulmanas en las más oprimidas del planeta. Véase cómo viven en países --como Somalia-- donde las tasas de pobreza, de falta de escolaridad y atraso son inaceptables, en donde se prohíbe reproducir la figura humana, no se traducen los libros occidentales, el cine y la televisión están severamente censurados y cualquier crítica a su profeta motiva sublevaciones de masas fanáticas. Estas y otras circunstancias, todas detestables, en las que se desarrolla la vida de las mujeres de los países sometidos a la confesión islámica nos las contaron nuestras compañeras feministas de Mauritania, Marruecos, Argelia, Egipto, Jordania, Arabia Saudí, Kuwait, Irán, Bangladesh, Pakistán, Kenia, Nigeria, Sudán, que colaboraron desinteresadamente en nuestro número de la revista Poder y Libertad dedicado a feminismo e islamismo. La mayoría vivían en el exilio, después de haber sido perseguidas y amenazadas de muerte --como mi amiga Nawal al Saadaui y la escritora Taslima Nasreen de Bangladesh-- o nos escribieron con seudónimo.

Los esfuerzos por prohibir la cliteridectomía y la poligamia en sus países consumían la mayor parte de su lucha, mientras sus hermanas de sufrimiento padecen la mayor tasa de analfabetismo, la menor participación laboral y no se ve un rostro femenino en las reuniones políticas. Recordemos los ridículos problemas de protocolo en esos países, cuando la reina de España acompaña al Rey en algún viaje y tiene que quedar relegada a relacionarse con las mujeres, o el último incidente de las periodistas que tenían que informar en la visita del ministro de Justicia a Arabia Saudí. En España, las comunidades musulmanas reproducen bastantes de estas condiciones, aunque nada de ello se explique en el reportaje sobre las catalanas convertidas, de las que tampoco sabemos gran cosa de su vida familiar. La incompetencia de nuestros servicios sociales y la indiferencia de los gobernantes permiten que exista la poligamia en sus familias y que muchas niñas sean llevadas a sus países de origen para practicarles la ablación del clítoris.

Quienes defienden el islam aseguran que estas imposiciones no están incluidas en el libro sagrado sino pervertidas por sus intérpretes. Pero no recuerdan que el Corán establece la poligamia legal con cuatro mujeres, que el testimonio de una mujer en un juicio vale la mitad que el de un hombre, que una hija hereda la mitad que un hijo, y que acepta el castigo corporal para las esposas, siempre que se realice con una vara del ancho del pulgar y del largo de la mano abierta y nunca en el rostro. No hace falta que enfaticen que el libro se escribió en el siglo VIII, porque precisamente eso es lo que debieran tener en cuenta ellos para comprender que si tales normas significaron un avance en esa época no pueden ser ni implantadas ni veneradas hoy. Resulta decepcionante observar que se sigue aceptando por nuestros gobernantes la dominación religiosa de esas sociedades cuando se debiera exigir la laicidad como condición imprescindible para ser considerada civilizada.

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02/02/2009 GMT -6

Justicia para el siglo XXI

lidiafalcon @ 20:15

Público.es
21 Ene 2009
Por Lidia Falcón

En plena polémica pública por la rebelión de los jueces y el grave retraso que sufre nuestra Administración de Justicia, sorprende que ningún especialista haya mencionado entre las causas de tanto desaguisado a nuestro anquilosado y anacrónico sistema procesal. Las Leyes de Enjuiciamiento no han avanzado apenas desde el Derecho romano, a pesar de las reformas del año 2000.

Desde la demanda hasta la ejecución, el procedimiento está organizado para que se desarrolle con la máxima lentitud e ineficacia. Las citaciones se realizan enviando a un agente judicial con un papel sellado al domicilio del demandado. Naturalmente, si el destinatario no se encuentra en él cuando el agente acude, es imposible entregar la citación, y a los tres intentos fallidos se devuelve al juzgado con el sello: desconocido. Y esta puede ser la última actuación judicial del procedimiento en cuestión durante semanas, meses o años. Si no se dispone de profesionales que busquen activamente el paradero del citado, la citación no se moverá de la mesa del juzgado. Pero no crean que si los interesados logran localizar al desaparecido la citación entregada por aquellos será útil, porque únicamente el agente judicial puede certificar la validez del precioso documento.

Para las citaciones fuera de la población donde se ha presentado la demanda se sigue utilizando el malhadado exhorto que viaja por correo; se detiene en el registro de los juzgados; se reparte por riguroso turno y se envía nuevamente por agente judicial hasta ser entregado en mano, si se logra, al destinatario. Ninguno de los sistemas de comunicación inventados desde hace más de un siglo –teléfono, fax, e-mail, móvil, Internet–, ha entrado en nuestras nuevas leyes procedimentales. ¡Tan satisfechos como están los gobiernos y políticos con el gran avance de nuestro país en materia de nuevas tecnologías!

Pero este es únicamente el comienzo del calvario del procedimiento judicial. La demanda, la contestación y la reconvención, si cabe, se presentan por escrito, y sólo para los abogados existe una extrema rigidez en el cumplimiento de los plazos legales, ya que ni el juez ni el fiscal los respetan. Para los profesionales del Derecho que estamos en el ejercicio diario nos parecen una burla tanto las pomposas declaraciones de la Exposición de Motivos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, como los breves plazos que estipularon los legisladores para que los jueces dicten sus resoluciones, plazos que jamás cumplen, sin responsabilidad para nadie. Ninguna de estas actuaciones puede realizarse oralmente, ni por videoconferencia, ni ser grabada o audicionada por algún sistema técnico. Papel y únicamente papel y más papel, hasta que se llena de pulgas, como ha sucedido en algunos juzgados de Madrid. Carpetas y carpetas que llenan las estanterías, los armarios, las mesas, las sillas, el suelo y hasta los lavabos de algunos juzgados. En esa producción interminable de escritos que se van transmitiendo manualmente de demandante a demandado, a abogados, a procuradores, a fiscales, a forenses, a secretarios y a agentes judiciales. Escritos que se copian, se sellan, se folian y se unen por cuerda floja cuando deben pasar a las Audiencias, y a los Tribunales Superiores, y al Tribunal Supremo y al Tribunal Constitucional. Transcurren uno, dos, cinco, ocho, diez años, depende. Depende del número de citaciones, contestaciones, recursos, autos, sentencias, apelaciones, resoluciones y nuevos recursos.

Nunca se puede contestar ni recurrir oralmente y grabar en cinta, en vídeo, en cedés, en pendrives. El juez o los magistrados nunca pueden conocer el problema y resolver, en consecuencia, mediante el simple y humano sistema de llamar a los implicados –citados por teléfono, o por e-mail, o por fax–, sentarlos delante, con sus abogados, escucharlos y decidir a continuación. Todas las actuaciones del juzgado se plasman en papel, algunas vistas, pero sólo vistas, también en vídeo, y así los procedimientos complicados pueden alcanzar las astronómicas cifras de 20, 30, 50, 150.000 folios. Las dos terceras partes de esas montañas de papel consisten en providencias o diligencias de ordenación en las que se dice que se da por recibido el escrito tal o el recurso cual; que se ha llevado a cabo la citación o que no se ha llevado a cabo la citación cual; que se ha admitido a trámite tal demanda, tal apelación o no; que se da por recibido el escrito o no, sin que signifique que a la vez se resuelva ninguno de esos recursos, peticiones, apelaciones, impugnaciones, oposiciones y ejecuciones. Porque la ejecución de la sentencia supone un procedimiento nuevo, igual o más farragoso que el principal, cuando ya este se ha concluido y sentenciado, con sus también contestaciones, impugnaciones, vistas, recursos y apelaciones. Años puede durar la ejecución de un procedimiento que ya tardó años en alcanzar la sentencia firme.

En comparación con el pragmatismo del sistema judicial anglosajón, donde la citación realizada por cualquier persona que lo justifique y la comparecencia personal ante el juez resuelven rápidamente numerosos asuntos que aquí se eternizan, el nuestro pertenece al mundo de Justiniano. Se cambia la terminología –ahora se les llama operadores jurídicos a los procuradores, abogados, forenses, y diligencias de ordenación a las antiguas providencias–, pero los viejos métodos siguen rigiendo la Administración de Justicia, ahogada en océanos de papel; paralizada en las manos de agentes, secretarios, procuradores, abogados; cercenada cualquier iniciativa para agilizarla; inutilizadas las nuevas tecnologías; embalsamada en la momificada Ley de Enjuiciamiento.

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